Course 2023-2024

CIBERESPACIO Y PROCESO PENAL

The enrolment is not open.
30 ECTS credits
DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN
share print pdf
Features: printed material, multimedia material, virtual course and didactic guide.
Department
Derecho Procesal
Facultad de Derecho
Most recent call for applications

There was a call for applications for this course in the last academic year for which it was advertised.

Enrolment period:

From September, 8th 2025 to January, 15th 2026.

Teaching period:

From February, 1st 2026 to May, 3rd 2026.

You can access it through this link.

Target

El curso va dirigido, fundamentalmente, a estudiantes de Derecho, Trabajo Social, Ciencias Sociales y Jurídicas, Criminología y otros Grados afines. También a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

 

Asimismo, también va dirigido a licenciados o graduados en Derecho, en Criminología, en Ciencias Sociales y Jurídicas, en Trabajo Social y otros Grados afines interesados en especializarse en el ejercicio profesional.

1. Presentation and goals

 Adquirir los conocimientos necesarios sobre los ciberdelitos y los métodos que los Estados utilizan para su prevención y persecución.

 

- Estudio de las medidas de injerencia en derechos fundamentales, que se utilizan como técnicas de investigación policial y penal en el ciberespacio y en el ámbito de las nuevas tecnologías.

 

- Conocimiento de la legislación aplicable, su evolución y la interpretación jurisprudencial, absolutamente necesaria para los operadores jurídicos.

2. Contents

Ciberespacio y proceso penal

 

1. Nociones generales

1.1. Concepto y contornos del ciberespacio

1.2. Concepto y contornos de la ciberdelincuencia

1.3. Los ciberdelitos en el Código Penal

1.3.1. La comisión de delitos por internet u otros medios

1.3.2. Referencia a figuras penales específicas

1.3.2.1. La difusión de contenidos que promuevan el suicidio (art. 143 bis CP)

1.3.2.2. La difusión de contenidos que promuevan las autolesiones (art. 156 bis CP).

1.3.2.3. El delito de acoso por medios telemáticos (art. 172.1 ter CP)

1.3.2.4. La utilización de la imagen de una persona o la creación de perfiles falsos en las redes sociales (art. 172 ter CP)

1.3.2.5. El ciberacoso sexual a menores (art. 183.1 CP)

1.3.2.6. La obtención de imágenes pornográficas de menores mediante embaucamiento (art. 183.2 CP)

1.3.2.7. Delitos relacionados con la pornografía infantil (arts. 189 CP y 189 bis CP)

1.3.2.8. La cesión inconsentida de imágenes íntimas (art. 197.7 CP)

1.3.2.9. El ciberespionaje (art. 197 bis CP): el acceso ilícito a los sistemas de información y la interceptación ilegal de datos informáticos.

1.3.2.10. La fabricación o posesión de herramientas que facilitan el ciberespionaje (art. 197 ter CP).

1.3.2.11. Las estafas y defraudaciones informáticas (art. 249 CP)

1.3.2.12. La defraudación de telecomunicaciones (art. 255 CP)

1.3.2.13. El delito de hurto de tiempo en los sistemas informáticos (art. 256 CP)

1.3.2.14. Los daños informáticos (arts. 264 y 264 bis CP)

1.3.2.15. La fabricación o posesión de herramientas que facilitan los daños informáticos (art. 264 ter CP)

1.3.2.16. La descarga ilícita de archivos protegidos por derechos de autor (art. 270.2, 3 y 5 CP)

1.3.2.17. La «piratería» de programas de ordenador (art. 270.6 CP)

1.3.2.18. El espionaje del secreto empresarial (art. 278 CP)

1.3.2.19. El empleo de las tecnologías de la información para la alteración de precios (art. 284.1.2 CP)

1.3.2.20. Los delitos contra los servicios de radiodifusión o prestados por vía electrónica (art. 286 CP)

1.3.2.21. La difusión de contenidos que promueven los trastornos alimenticios (art. 361 bis CP).

1.3.2.22. El blanqueo de capitales por internet (art. 301 CP)

1.3.2.23. El tráfico de medicamentos por internet (art. 362 quater CP)

1.3.2.24. Los delitos de odio (art. 510.3 CP)

1.3.2.25. El ciberterrorismo (art. 573.2 CP)

1.3.2.26. El autoadoctrinamiento terrorista por medios telemáticos (art. 575.2 CP)

1.3.2.27. El enaltecimiento terrorista y la humillación a las víctimas por medios telemáticos (art. 578.2 CP)

2. El Convenio de Budapest

2.1. Ámbito sustantivo

2.2. Ámbito procesal

2.3. Cooperación internacional

2.4. Los Protocolos al Convenio

2.4.1. Penalización de actos de índole racista y xenófoba cometidos por medio de sistemas informáticos

2.4.2. Cooperación reforzada y revelación de pruebas electrónicas

3. Las «fronteras jurisdiccionales» en el ciberespacio

3.1. Determinación de la jurisdicción aplicable

3.1.1. Caso Megaupload

3.1.2. Caso Yahoo

3.1.3. Caso Dow Jones & Co Inc. v. Gutnick

3.2. Resolución de conflictos jurisdiccionales

3.3. Criterios de atribución de competencia

3.3.1. La teoría de la ubicuidad

3.3.2. Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre delitos concretos

4. Los derechos fundamentales afectados por la investigación en el ciberespacio

4.1. El derecho al secreto de las comunicaciones

4.2. El derecho a la intimidad

4.3. El derecho a la protección de datos personales

4.4. Los derechos de nueva generación

4.4.1. El derecho al propio entorno virtual

4.4.2. El derecho al olvido

5. La reforma procesal de 2015

5.1. La situación anterior a la reforma por medio de la LO 13/2015, de 5 de octubre

5.1.1. El artículo 579 LECRIM

5.1.2. La interpretación jurisprudencial

5.1.3. La doctrina del TEDH

5.2. La necesidad de reforma

5.3. La regulación actual

5.3.1. Nociones básicas sobre la reforma por LO 13/2015, de 5 de octubre

5.3.2. Principios generales

5.3.3. Disposiciones comunes

6. Las medidas de investigación en el ciberespacio (I). Interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas

6.1. Regulación en la LECRIM

6.2. El sistema SITEL

7. Las medidas de investigación en el ciberespacio (II). Conservación y cesión de los metadatos

7.1. Concepto y características de los metadatos

7.2. La regulación por Ley 25/2007, de 18 de octubre

7.3. Las obligaciones de cesión y conservación

7.3.1. Evolución de la cuestión en el ámbito europeo

7.3.1.1. La Directiva 2006/24/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo

7.3.1.2. La Sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de abril de 2014

7.3.1.3. La Sentencia del del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016

7.3.1.4. Resoluciones posteriores

7.3.2. La normativa interna

7.3.2.1. La Ley 25/2007, de 18 de octubre

7.3.2.2. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el año 2015

7.3.3. Los efectos de la jurisprudencia comunitaria respecto a la normativa interna

7.3.4. La polémica sobre la validez y vigencia de la Ley 25/2007, de 18 de octubre

7.3.5. La «congelación» de los metadatos

8. Las medidas de investigación en el ciberespacio (III). Acceso a los datos necesarios para la identificación de usuarios, terminales y dispositivos de conectividad

8.1. Identificación mediante número IP

8.2. Identificación de los terminales mediante captación de IMSI/IMEI

8.3. Identificación de titulares o terminales o dispositivos de conectividad sin autorización judicial

9. Las medidas de investigación en el ciberespacio (IV). La geolocalización por medios telemáticos

10. Las medidas de investigación en el ciberespacio (V). Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información

10.1 Registro físico de dispositivos

10.1.1. Equipos vinculados a un registro domiciliario

10.1.2. Equipos no vinculados a un registro domiciliario

10.2. Registro remoto de dispositivos

10.3. Registros en la nube

11. El deber de colaboración

11.1. Concepto y clases de Internet Service Provider (ISP)

11.2. La regulación legal general del deber de colaboración

11.2.1. Artículo 118 CE

11.2.2. Artículo 588 ter, letra e), LECRIM

11.3. La regulación legal específica del deber de colaboración

11.4. Los sujetos obligados

11.4.1. Los prestadores de servicios de telecomunicaciones o de acceso a una red de telecomunicaciones

11.4.1. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información

11.5. Un ejemplo práctico: el conflicto Apple v. FBI

12. Referencia a la prueba digital en el proceso penal

12.1. Medios de prueba digital

12.2. La prueba pericial

12.3. La nulidad de la prueba

13. Ejecución de la pena en el ciberespacio

13.1. La prohibición de contactar por medio de las redes sociales

13.2. La prohibición de acudir a los espacios virtuales

14. Las actividades policiales en la red

14.1. El ciberpatrullaje

14.2. El agente encubierto informático

14.2.1. Concepto y regulación legal

14.2.2. Especial referencia a las redes de pedofilia

3. Methodology and activities

La metodología es la propia de la enseñanza a distancia de acuerdo con el sistema seguido por la UNED, facilitando al alumnado el material necesario para su preparación, de modo que las actividades se realizan a distancia.

 

Al alumno se le facilitara un supuesto de hecho planteándole una serie de cuestiones sobre las que deberá desarrollar el dictamen que se le requiere.

 

Para desarrollar el dictamen no hay ninguna forma o procedimiento único para redactar un informe o dictamen jurídico. Si acudimos a la práctica habitual en el mundo jurídico el esquema más común suele ser una exposición de los antecedentes fácticos o de hecho, un análisis de los conflictos jurídicos que se plantean, en el que se incluye el análisis legislativo, jurisprudencial y doctrinal y unas conclusiones con las posibles soluciones o propuestas, también podemos encontrarnos con esquemas mucho más sencillos: hechos, fundamentos de derecho y conclusiones.

 

En nuestro caso, y tal y como se ha desarrollado de forma constante, los antecedentes se convierten en los hechos y, la consulta, en las preguntas que, de forma más o menos detallada, se enuncian para que sean resueltas.

 

Remitido el Dictamen/caso, se utilizará la plataforma aLF para colgar la revisión del Dictamen.

 

En estas actividades el alumno deberá exponer cuales son las cuestiones objeto del problema, abarcando todas las posibles alternativas jurídicas, detallando cuales son los argumentos en los que fundamenta cada uno de ellos y el apoyo jurisprudencial y doctrinal utilizado.

 

Evidentemente los argumentos que se expongan tienen que estar fundamentados en Derecho, realizando una correcta interpretación de las normas y con una correcta utilización del vocabulario jurídico lo que no es óbice para que el escrito realizado sea claro y preciso.

 

Las prácticas propuestas deberán responderse de forma razonada y justificada con argumentos jurídicos, sin que este delimitado el espacio a las mismas. Será posible además plantear dudas sobre las cuestiones que se plantean justificando las mismas y argumentando las distintas respuestas posibles. Las preguntas deben contestarse en apartados distintos, que se encabezarán expresando el número de la pregunta.

 

No deben olvidar que aunque las prácticas puedan realizarse consultando jurisprudencia y doctrina lo que se persigue es que el alumno adquiera unos conocimientos no que traslade en el ejercicio la opinión de terceros

4. Didactic Material to follow the course
5. Student Care

Los profesores de este curso son especialistas en CIBERESPACIO Y PROCESO PENAL. Su disponibilidad para efectuar reuniones presenciales con tutorías físicas o telemáticas es total. Asimismo, se establece un horario de guardia en la Facultad de Derecho de la UNED los martes de 10 a 14 horas. A lo largo del curso, se harán emisiones radiofónicas y videoconferencias.

 

Todo el curso se desarrollará a través de la Plataforma aLF facilitándose la comunicación entre profesores y alumnos a través de los foros correspondientes. En las guías del curso, que se colgarán oportunamente, se facilitaran también los correos electrónicos del equipo docente por si existieran problemas de tipo informático o de uso de la plataforma.

 

Teléfono: 91.398.92.39

Correo electrónico: scalaza@der.uned.es

6. Evaluation and Qualification Criteria

El criterio de evaluación es un sistema de evaluación continua consistente en la entrega periódica de tareas, conforme a los criterios de evaluación que se comunicarán al inicio de la actividad.

7. Duration and dedication

La duración del curso es de 3 meses. De febrero a mayo.

Inicio de curso: 1 de febrero 2024.

Fin de curso: 3 de mayo de 2024.

 

Número de créditos ECTS: 30 (según la equivalencia legalmente establecida, un crédito ECTS corresponde a 25 horas).

8. Teaching team

Director

Director - UNED
CALAZA LOPEZ, MARIA SONIA

Deputy Directors

Associate Director
ENCINAR DEL POZO, MIGUEL ANGEL
Associate Director
VILLEGAS GARCÍA, MARÍA ANGELES

Contributors UNED

Contributor - UNED
CALAZA LOPEZ, MARIA SONIA
Contributor - UNED
LUACES GUTIERREZ, ANA ISABEL
Contributor - UNED
MUINELO COBO, JOSE CARLOS
Filosofía Jurídica

External contributors

Collaborator - External
ENCINAR DEL POZO, MIGUEL ANGEL
Collaborator - External
GUTIÉRREZ ARANZA, DIEGO ALBERTO
Collaborator - External
VILLEGAS GARCÍA, MARÍA ANGELES
9. Price of the course

Enrolment fee: 840,00 €.

10. Discounts
10.1 Study aid and discounts

General information about study grants and discounts can be found at this link.

You must submit the enrolment application by selecting the corresponding option, and then send the documentation to the email: descuentos@fundacion.uned.es.

11. Enrolment

From September, 7th 2023 to January, 15th 2024.

Información de matrícula:

 

Fundación UNED

 

C/ Guzmán el Bueno, 133 - Edificio Germania, 1ª planta

 

28003 Madrid

 

Teléfonos: +34913867275/1592

 

Correo electrónico: bsaez@fundacion.uned.es

 

http://www.fundacion.uned.es

 

 

 

Consultar en la página www.masterconcursaluned.es

 

Correo electrónico: concursaladministracion@cee.uned.es

 

Teléfono en el siguiente horario: 12.00 a 20.00 horas.

12. Administrative office

Negociado de Especialización.